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Artículo 43. Orden de cotización 2025

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Artículo 43. Orden de cotización 2025

Normativa

Artículo 43. Base mínima de cotización respecto de los socios de cooperativas de trabajo asociado, en los supuestos de contrato a tiempo parcial.

La base de cotización por contingencias comunes y profesionales de los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que hubieran optado en sus estatutos por asimilar a los socios trabajadores a personas trabajadoras por cuenta ajena, incluidos en razón de la actividad de la cooperativa en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar o en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, en los supuestos de prestación de servicios a tiempo parcial, no podrá ser inferior a las cuantías que para los diferentes grupos de cotización se indican a continuación:

Grupo de cotización

Base mínima mensual

Euros

1 868,20
2 639,90
3 556,80
4 a 11 552,60

Con independencia de las bases mínimas establecidas en la tabla anterior, si la base de cotización calculada en función del número de horas trabajadas fuese superior a las de la tabla, se deberá cotizar por dicha base de cotización.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la base mínima de cotización para socios de cooperativas de trabajo asociado 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

Si eres socio trabajador de una cooperativa de trabajo asociado y tu contrato es a tiempo parcial, esta normativa es muy importante para ti. Te explicamos cómo funciona:

  • Asimilación a trabajadores por cuenta ajena: La normativa aplica a aquellos socios que, según los estatutos de la cooperativa, se consideran trabajadores por cuenta ajena. Esto significa que tienes derechos similares a los de un empleado convencional en términos de cotización a la Seguridad Social.
  • Régimen de Seguridad Social: Estás incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Aquí están tus obligaciones como socio trabajador:

  • Cotización mínima: Asegúrate de que tu base de cotización por contingencias comunes y profesionales no sea inferior a las cuantías mínimas establecidas, dependiendo de tu grupo de cotización.
  • Cálculo de horas: Si trabajas a tiempo parcial, tu base de cotización se calculará en función del número de horas trabajadas, pero no puede ser inferior a las bases mínimas que te indicamos más adelante.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Vigencia: Esta normativa entró en vigor el 1 de enero de 2024. Es fundamental que estés al tanto de las bases mínimas desde esa fecha para cumplir con tus obligaciones.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

No cumplir con estas bases mínimas puede tener consecuencias graves:

  • Sanciones y multas: Podrías enfrentarte a sanciones económicas por incumplir las obligaciones legales de cotización a la Seguridad Social.
  • Falta de derechos: Además, no cumplir con las cotizaciones puede afectar tus derechos a prestaciones futuras, como pensiones o bajas laborales.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Aunque la normativa no menciona excepciones específicas, es importante tener en cuenta:

  • Otras normas: Existen otras regulaciones que podrían ofrecer reducciones o bonificaciones en ciertos contextos, como en casos de pluriactividad o venta ambulante.

Bases mínimas de cotización 📊

Aquí tienes una tabla con las bases mínimas de cotización según el grupo:

Grupo de Cotización Base Mínima Mensual (Euros)
1 831,30
2 612,90
3 533,10
4 a 11 529,20
  • Importante: Si la base de cotización calculada por tus horas trabajadas es superior a la base mínima, debes cotizar por la base calculada.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres socio de una cooperativa de trabajo asociado y trabajas 20 horas a la semana. Si tu base de cotización, calculada según tus horas, resulta ser de 900 euros, deberás cotizar por esa cantidad, ya que supera la base mínima establecida para tu grupo.

Información Crucial 🔍

Importante: Esta normativa puede ser revisada y ajustada una vez que se apruebe el salario mínimo interprofesional para el año correspondiente. Mantente informado sobre posibles cambios.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Verifica tu grupo de cotización y asegúrate de conocer la base mínima correspondiente.
  2. Calcula tu base de cotización en función de las horas trabajadas y asegúrate de que no sea inferior a la mínima.
  3. Mantente al tanto de las actualizaciones sobre el salario mínimo interprofesional que puedan afectar tu cotización.

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