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Artículo 9. Orden de cotización 2025

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Artículo 9. Orden de cotización 2025

Normativa

Artículo 9. Bases de cotización en los supuestos de reducción de jornada o suspensión de contrato.

1. En los supuestos de reducción temporal de jornada o de suspensión temporal de la relación laboral, ya sea por decisión del empresario al amparo de lo establecido en los artículos 47 o 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, o en virtud de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal, se aplicarán las siguientes bases de cotización:

a) En caso de causarse derecho a la prestación por desempleo, la base de cotización a la Seguridad Social para la determinación de la aportación de las personas trabajadoras por las que exista obligación legal de cotizar será el equivalente al promedio de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada, por contingencias comunes y por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, anteriores a dichas situaciones.

En caso de causarse derecho a la prestación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, la base de cotización a la Seguridad Social para la determinación de la aportación de las personas trabajadoras por las que exista obligación legal de cotizar será el promedio de las bases de cotización en la empresa en la que se aplique el mecanismo de contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, correspondientes a los 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de aplicación de la medida de la persona trabajadora. En caso de no acreditar 180 días de ocupación cotizada en dicha empresa, la base de cotización se calculará en función de las bases correspondientes al período inferior acreditado en la misma.

b) La base de cotización a la Seguridad Social para determinar la aportación empresarial por contingencias comunes y por contingencias profesionales estará constituida por el promedio de las bases de cotización en la empresa afectada correspondientes a dichas contingencias de los seis meses naturales inmediatamente anteriores al mes anterior al del inicio de cada situación de reducción de jornada o suspensión del contrato. Para el cálculo de dicho promedio, se tendrá en cuenta el número de días en situación de alta, en la empresa de que se trate, durante el período de los seis meses indicados. La base de cotización calculada conforme a lo indicado anteriormente se reducirá, en los supuestos de reducción temporal de jornada, en función de la jornada de trabajo no realizada.

No obstante, en los supuestos en que la persona trabajadora haya causado alta en la empresa en el mes anterior al inicio de cada situación, o en el mismo mes del inicio de la situación, para el cálculo de dicho promedio se tomarán las bases de cotización en la empresa afectada correspondiente al mes inmediatamente anterior al del inicio de la situación, o al mes del inicio de situación, respectivamente.

2. A los efectos establecidos en el párrafo b) del apartado anterior, se considerará como inicio de cada situación de reducción de jornada o suspensión del contrato el inicio de cada uno de los períodos continuados en los que las personas trabajadoras se mantengan afectadas por estos supuestos de reducción de jornada o suspensión del contrato, con independencia de que, de forma inmediatamente sucesiva, dichas personas trabajadoras pasen de una situación de suspensión a una de reducción de jornada, o viceversa, o se vea modificado el porcentaje de jornada de trabajo suspendida, incluso en aquellos supuestos en que las situaciones de reducción de jornada o suspensión del contrato sean consecuencia de la inclusión de la persona trabajadora en distintos expedientes de regulación de empleo.

Para el cálculo del promedio al que se refiere el párrafo b) del apartado anterior, se tomarán en cuenta todas las bases de cotización por las que la persona trabajadora haya cotizado por contingencias comunes y por contingencias profesionales en la empresa de que se trate y en el período de seis meses indicado, incluyendo las bases de cotización de los períodos en los que las personas trabajadoras hayan permanecido en situaciones por las que se haya cotizado sin que haya existido prestación de servicios y abono de remuneraciones; las de previas situaciones de suspensión o reducción de jornada; aquellas por las que se haya cotizado durante la situación asimilada a la de alta de vacaciones retribuidas y no disfrutadas a la finalización del contrato de trabajo y, en general, cualquier base de cotización que sea computable para el cálculo de cualquiera de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre las bases de cotización en la reducción de jornada o suspensión de contrato 📄

La normativa que regula las bases de cotización en caso de reducción de jornada o suspensión de contrato es esencial para trabajadores y empresas. En este artículo, te explicaré de manera sencilla qué implica esta normativa y cómo te afecta directamente.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Reducción de jornada o suspensión: Si tu jornada laboral se reduce temporalmente o tu contrato se suspende, esta normativa se aplicará a tu situación.
  • Cálculo de cotizaciones: Las bases de cotización a la Seguridad Social se calcularán de forma diferente durante estos períodos, lo que puede afectar tus prestaciones y derechos.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Informarte: Conocer cómo se calcularán tus bases de cotización es esencial para entender cómo se verán afectadas tus aportaciones y prestaciones.
  • Comunicarte con tu empresa: Si estás en una situación de reducción de jornada o suspensión, asegúrate de que tu empresa esté aplicando correctamente la normativa.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde el inicio de la situación: Es importante que estés al tanto desde el momento en que tu jornada se reduzca o tu contrato se suspenda.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sanciones y recargos: Si no se cumplen las obligaciones de cotización, tanto tú como tu empresa pueden enfrentar sanciones y recargos.
  • Problemas legales: El incumplimiento de estas normas puede dar lugar a multas y otros procedimientos administrativos o judiciales.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Altas recientes: Si has causado alta en la empresa en el mes anterior o en el mismo mes del inicio de la situación, se aplicarán bases de cotización específicas.
  • Normas de cotización no aplicables: Durante la suspensión o reducción de jornada, no se aplican las normas de cotización correspondientes a situaciones de incapacidad temporal, descanso por nacimiento, entre otros.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa que decide reducir la jornada laboral debido a una crisis económica. Tu jornada pasa de 40 horas a 30 horas semanales. En este caso, la base de cotización se ajustará en función de las horas que no se trabajen. Por ejemplo, si tu salario antes de la reducción era de 1.500 euros, tu base de cotización se reducirá proporcionalmente a las horas no trabajadas.

Información crucial 🔍

Importante: Las empresas están obligadas a ingresar las cuotas correspondientes a la aportación empresarial durante estos periodos. Si el trabajador causa derecho a la prestación por desempleo, la entidad gestora será responsable del ingreso de la aportación del trabajador.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tus derechos: Comprende cómo se calcularán tus bases de cotización.
  2. Comunica a tu empresa: Asegúrate de que están aplicando correctamente la normativa.
  3. Mantente al día: Revisa tus recibos de nómina y asegúrate de que las cotizaciones son correctas.

Tabla comparativa de bases de cotización 📊

Situación Base de Cotización
Reducción de jornada Promedio de bases de los últimos 6 meses, ajustado por horas no trabajadas
Suspensión de contrato Promedio de bases de los últimos 6 meses, sin ajustes por horas no trabajadas
Alta en empresa en mes anterior Bases del mes anterior o del mes de inicio de la situación

Conclusión

Ahora que conoces las implicaciones de la normativa sobre las bases de cotización en casos de reducción de jornada o suspensión de contrato, es fundamental que tomes acción. Asegúrate de estar informado y de que tu empresa cumpla con la normativa para evitar sanciones.

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