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Disposición transitoria tercera. Orden de cotización 2025

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Disposición transitoria tercera. Orden de cotización 2025

Normativa

Disposición transitoria tercera. Opción de bases de cotización, en determinados supuestos, para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.

Las personas trabajadoras comprendidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y las personas trabajadoras por cuenta propia incluidas en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar que, en la fecha de surtir efectos las bases de cotización previstas en el artículo 18, hubieran optado por las bases máximas permitidas hasta ese momento podrán elegir, hasta el último día del mes siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», cualquier base de cotización de las comprendidas entre aquella por la que vinieran cotizando y el límite máximo que les sea de aplicación. La nueva base elegida surtirá efectos desde el 1 de enero de 2025.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la opción de bases de cotización para autónomos 📄

La normativa más reciente establece cambios importantes para los trabajadores autónomos, específicamente en lo que respecta a sus bases de cotización. Vamos a desglosar esta información para que entiendas cómo te afecta y qué pasos debes seguir.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Elección de Base de Cotización: A partir del 1 de enero de 2023, y aplicable en 2025, deberás elegir una base de cotización basada en los rendimientos netos que esperas obtener cada año.
  • Cambios Permitidos: Puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año, lo que te da flexibilidad para ajustarte a tus ingresos reales.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Elegir tu Base: Debes seleccionar una base de cotización que se ajuste a tus previsiones de ingresos. Esto se hace mediante tablas que clasifican las bases en tramos de rendimientos netos mensuales.
  • Realizar Cambios: Si tus ingresos cambian, puedes modificar tu base de cotización dentro de los límites establecidos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Fechas Importantes: Debes hacer tu elección antes del último día del mes siguiente a la publicación de esta normativa en el "Boletín Oficial del Estado". Esto significa que si la normativa se publica en enero, tendrás hasta finales de febrero para elegir tu base.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Base Mínima: Si no eliges una base de cotización, se te asignará automáticamente la base mínima del tramo 1, que actualmente es de 950,98 euros.
  • Sanciones: Además, podrías enfrentar sanciones o complicaciones en tu situación fiscal si no cumples con las obligaciones de presentación de la renta.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Altas de Oficio: Si eres dado de alta de oficio o fuera de plazo, tu base de cotización será la mínima.
  • Familiares y Socios: Los familiares de autónomos y los socios de empresas no podrán elegir una base inferior a la base mínima para contingencias comunes, que se fijará en la ley de presupuestos.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un autónomo que vende productos en línea. En enero, prevés que tus ventas aumenten, así que decides elegir una base de cotización más alta. En marzo, tus ventas bajan, por lo que decides cambiar tu base a una más baja para ajustarte a tus nuevos ingresos. Gracias a esta normativa, tienes la flexibilidad para adaptarte a tus circunstancias económicas.

Información Crucial 🔍

Importante: Recuerda que la nueva base elegida surtirá efectos desde el 1 de enero de 2025. No dejes pasar la fecha límite para hacer tu elección.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Revisa tus ingresos: Evalúa tus rendimientos netos esperados para el año.
  2. Elige tu base de cotización: Hazlo antes del último día del mes siguiente a la publicación de la normativa.
  3. Mantente informado: Regístrate en Aprende RED para obtener más información sobre tus obligaciones y derechos como autónomo.