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Artículo 13. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 13. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 13. Duración de la obligación de cotizar.

1. La obligación de cotizar a la Seguridad Social se mantendrá por todo el período en que el trabajador o asimilado, comprendido en el campo de aplicación de los distintos Regímenes del sistema de la Seguridad Social, desarrolle su actividad, preste los servicios determinantes de su inclusión en los mismos, o se encuentre en situación jurídica conexa con dicha actividad o servicios, en los términos establecidos en este Reglamento y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de que la liquidación y pago de las deudas correspondientes estén referidos a los períodos de tiempo determinados expresamente al respecto.

2. La obligación de cotizar continuará en las situaciones de incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como en las situaciones de cumplimiento de deberes de carácter público, desempeño de cargos de representación sindical, siempre que unos y otros no den lugar a la excedencia en el trabajo o al cese en la actividad, convenio especial, desempleo contributivo y asistencial, en su caso, y en aquellas otras en que así se establezca por el presente Reglamento, por la Orden de 27 de octubre de 1992, por la que se dictan instrucciones en relación con la cotización al Régimen General de la Seguridad Social de los funcionarios públicos, incluidos en el campo de aplicación de dicho Régimen, durante las situaciones de licencia o permiso sin sueldo, suspensión provisional de funciones, cumplimiento del servicio militar o de la prestación social sustitutoria y plazo posesorio para cambio de destino, y por otras disposiciones complementarias, con el alcance previsto en ellas.

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2.1 del Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-2009-4724

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2.1 del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-2001-21491

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la duración de la obligación de cotizar a la Seguridad Social 📄

La normativa que regula la obligación de cotizar a la Seguridad Social es fundamental para entender cómo funcionan las contribuciones y qué implica para ti como trabajador. Vamos a desglosar el Artículo 13 del Reglamento General de Cotización y Liquidación de la Seguridad Social para que sea fácil de entender y aplicar.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La obligación de cotizar a la Seguridad Social es un requisito que tienes como trabajador. Aquí te explico qué significa esto en términos prácticos:

  • Período de obligación: Debes cotizar durante todo el tiempo que trabajes o estés en una situación relacionada con tu actividad laboral.
  • Protección en situaciones específicas: Si te encuentras en situaciones como incapacidad temporal, maternidad o paternidad, la obligación de cotizar sigue vigente.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Para cumplir con esta normativa, es importante que estés al tanto de tus obligaciones:

  • Realizar tus aportes: Asegúrate de que tus cotizaciones se realicen de manera regular y en los períodos establecidos.
  • Conocer tus derechos: Infórmate sobre tus derechos en situaciones de incapacidad, maternidad, etc., para que no pierdas la cobertura durante estos períodos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Continuamente: La obligación de cotizar se mantiene durante toda tu vida laboral activa y en situaciones específicas, como las mencionadas anteriormente. No hay un período de tiempo específico, sino que es una obligación constante mientras estés en activo o en situaciones protegidas.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

No cumplir con la obligación de cotizar puede tener consecuencias serias:

  • Deudas con la Seguridad Social: Si no realizas tus aportes, puedes acumular deudas que podrían generar intereses y sanciones.
  • Pérdida de derechos: Podrías perder acceso a beneficios de la Seguridad Social, como pensiones o prestaciones en caso de desempleo.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Aunque la obligación de cotizar es bastante amplia, hay algunas situaciones específicas que deben tenerse en cuenta:

  • Licencias o permisos sin sueldo: En estos casos, la obligación de cotizar se mantiene, pero es importante verificar las condiciones específicas.
  • Cumplimiento de deberes públicos: Si estás desempeñando funciones de representación sindical o deberes públicos, también deberás seguir cotizando, siempre que no estés en excedencia.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa y, debido a un accidente, entras en incapacidad temporal. Aunque no estés trabajando, tu obligación de cotizar a la Seguridad Social continúa. Esto significa que seguirás acumulando derechos para futuras prestaciones, como una pensión o subsidios por desempleo.

Información crucial 🔍

Importante: Mantente al tanto de tus aportes y verifica periódicamente tu estado en la Seguridad Social para evitar sorpresas desagradables.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tus recibos de nómina: Asegúrate de que las cotizaciones se están realizando correctamente.
  2. Infórmate sobre tus derechos: Conoce qué prestaciones te corresponden en caso de incapacidad, maternidad o desempleo.
  3. Consulta con un experto: Si tienes dudas, no dudes en buscar asesoría para asegurarte de que cumples con todas tus obligaciones.

Recuerda que entender y cumplir con la normativa de cotización es esencial para asegurar tu bienestar y el de tu familia. Si quieres profundizar más en este tema y recibir actualizaciones, ¡te invitamos a registrarte en Aprende RED para obtener más información!