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Artículo 15. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 15. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 15. Liquidación de las cuotas como contenido de la obligación de cotizar.

1. La obligación de cotizar a los regímenes del sistema de la Seguridad Social implica la realización de las operaciones, comunicaciones y demás actos necesarios para la determinación de las cuotas de la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como, en su caso, de los recargos e intereses sobre tales cuotas, mediante la aplicación del tipo o tipos de cotización correspondientes a la base o bases de cotización de los sujetos por los que existe obligación de cotizar durante el período o períodos a liquidar, deduciendo, en su caso, el importe de las deducciones procedentes, en los términos y condiciones establecidos a efectos del cumplimiento de dicha obligación.

2. La determinación de las cuotas de la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta habrá de efectuarse mediante alguno de los siguientes sistemas de liquidación, establecidos en el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social:

a) En el sistema de autoliquidación de cuotas, su determinación o cálculo corresponderá a los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, salvo que su cuantía sea determinada por las normas reguladoras de la cotización a la Seguridad Social en cada ejercicio económico.

Dichos sujetos responsables deberán transmitir las liquidaciones de cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de medios electrónicos, salvo en los casos en que proceda la presentación de los documentos de cotización correspondientes a cada período a liquidar.

b) En el sistema de liquidación directa de cuotas, su determinación o cálculo corresponderá a la Tesorería General de la Seguridad Social, debiendo el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar solicitar el cálculo de la liquidación por cada trabajador y aportar los datos que resulten necesarios para efectuar la liquidación, en ambos casos por medios electrónicos.

c) En el sistema de liquidación simplificada de cuotas, su determinación será efectuada por la Tesorería General de la Seguridad Social siempre que el alta de los sujetos obligados a que se refieran esas cuotas, en los supuestos en que proceda, se haya solicitado en el plazo reglamentariamente establecido, sin resultar exigible el cumplimiento de las obligaciones señaladas en los párrafos anteriores.

De solicitarse el alta fuera del plazo reglamentario, mediante este sistema se liquidarán las cuotas correspondientes a los períodos posteriores a la presentación de la solicitud, no resultando exigible el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los párrafos anteriores respecto a tales cuotas.

3. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de las funciones de comprobación y control que, respecto de las liquidaciones de cuotas efectuadas mediante cualquiera de los sistemas indicados, corresponden a la Tesorería General de la Seguridad Social y a otros órganos administrativos, en los términos establecidos en este reglamento, en el Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social y demás disposiciones complementarias, así como a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas legalmente.

Se modifica por el art. 2.2 del Real Decreto 708/2015, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2015-8339.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la liquidación de las cuotas de la Seguridad Social 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La normativa sobre la liquidación de las cuotas de la Seguridad Social es crucial para todos los trabajadores y empresarios. Aquí te explico lo que significa:

  • Obligación de cotizar: Todos los sujetos responsables (como empresarios o autónomos) deben realizar operaciones y comunicaciones necesarias para determinar las cuotas de la Seguridad Social. Esto incluye calcular y reportar las bases de cotización.
  • Sistema de liquidación: Existen diferentes sistemas para liquidar dichas cuotas, lo que puede afectar cómo y cuándo debes hacer tus aportes.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Dependiendo de tu situación, hay varios pasos que debes seguir:

  • Realizar cálculos: Si eres responsable de la cotización, debes calcular las cuotas correspondientes y enviarlas a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • Comunicación de datos: Asegúrate de comunicar las bases de cotización de tus trabajadores y cualquier cambio en sus retribuciones.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Períodos de liquidación: Las cotizaciones se calculan mensualmente, pero el ingreso de las mismas se realiza el mes siguiente. Por ejemplo, las cuotas de enero se deben ingresar en febrero.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

Si no cumples con tus obligaciones de cotización:

  • Infracciones: Podrías incurrir en infracciones administrativas que pueden llevar a sanciones.
  • Problemas de cobertura: No cotizar adecuadamente puede afectar tu acceso a prestaciones sociales, como pensiones o subsidios.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Sistemas de liquidación simplificada: Si solicitas el alta fuera del plazo establecido, se aplicará un sistema simplificado donde solo se liquidarán las cuotas posteriores a la solicitud.
  • Determinación por TGSS: En algunos casos, la TGSS puede calcular las cuotas directamente si se solicita.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un empresario que contrata a un nuevo empleado. Debes:

  1. Calcular la base de cotización de este trabajador según su salario.
  2. Elegir un sistema de liquidación: si decides hacer la autoliquidación, deberás calcular y enviar la cuota a la TGSS electrónicamente.
  3. Si no comunicas el salario o la base de cotización, podrías enfrentar sanciones.

Información crucial 🔍

Importante: Las liquidaciones deben hacerse mensualmente, y el ingreso de las cuotas es en el mes siguiente. No olvides comunicar cualquier cambio en las retribuciones de tus trabajadores.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Calcula las cuotas de tus trabajadores cada mes.
  2. Comunica los datos de las bases de cotización a la TGSS puntualmente.
  3. Registra cualquier cambio en la retribución de tus empleados para evitar sanciones.
  4. Infórmate sobre los sistemas de liquidación disponibles y elige el que mejor se adapte a tu situación.

Recuerda que cumplir con estas obligaciones no solo es un deber legal, sino que también garantiza tu acceso a los beneficios del sistema de Seguridad Social. Si quieres profundizar más en este tema y asegurarte de estar al día con la normativa, ¡regístrate en Aprende RED para obtener más información!