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Artículo 19. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 19. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 19. Control de las liquidaciones.

1. La Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 32 bis del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, podrá comprobar la exactitud y veracidad de las operaciones efectuadas y de los datos utilizados o aportados para la liquidación de las cuotas, cualquiera que sea el sistema por el que se haya procedido a su cálculo o determinación, así como recabar, con la salvedad prevista en el artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los informes y la documentación necesaria para la justificación de tales datos y operaciones.

Las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social también podrán ejercitar funciones de control de las liquidaciones, dentro de sus respectivas competencias.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores se entenderá sin perjuicio de las facultades de comprobación que corresponden a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en ejercicio de las funciones que tiene atribuidas legalmente.

2. Cuando en las liquidaciones de cuotas de la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta se hayan aplicado la compensación de prestaciones abonadas en régimen de pago delegado o las deducciones a que se refiere el artículo 17 de este reglamento, aunque sean de concesión automática por imperio de la ley, las entidades gestoras y colaboradoras comprobarán la procedencia y exactitud de las compensaciones y deducciones que resulten a cargo de su respectivo presupuesto.

A estos efectos, la Tesorería General de la Seguridad Social remitirá a la entidad gestora o colaboradora interesada en la gestión de las distintas contingencias y conceptos de recaudación conjunta las liquidaciones efectuadas para que aquella proceda a la comprobación y control de la exactitud de las deducciones y compensaciones. La entidad gestora o colaboradora solicitará el inicio del procedimiento de recaudación a la Tesorería General de la Seguridad Social comunicando por medios telemáticos, informáticos o electrónicos los datos necesarios para realizar la gestión recaudatoria del importe de las compensaciones o deducciones aplicadas indebidamente. Dicha comunicación de datos, que se considerarán ciertos para el inicio del correspondiente procedimiento recaudatorio, habilitará a la Tesorería General de la Seguridad Social para el inicio del mismo.

La entidad gestora o colaboradora garantizará el acceso de dicho Servicio Común, preferentemente por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, a las resoluciones que declaren indebidas las compensaciones de prestaciones abonadas en régimen de pago delegado o las deducciones efectuadas y al resto de información y documentación asociada a la deuda que permita la gestión de la misma y, en especial, en materia de responsabilidad mortis causa e impugnaciones.

3. Cuando las funciones de control de las liquidaciones no se hallaran expresamente atribuidas a un órgano o entidad determinado, se considerará que su ejercicio corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Se modifica el primer párrafo del apartado 1 y el apartado 2 por la disposición final 2 del Real Decreto 453/2022, de 14 de junio. Ref. BOE-A-2022-9850

Se modifica por el art. 2.6 del Real Decreto 708/2015, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2015-8339.

Se modifica el apartado 2 por el art. 2.1 del Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2005-15366

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el control de las liquidaciones de la Seguridad Social 📄

El control de las liquidaciones de las deudas con la Seguridad Social es un tema crucial que afecta tanto a trabajadores como a empleadores. En este artículo, desglosaremos lo que implica esta normativa, cómo te afecta, qué debes hacer y cuáles son las consecuencias de no cumplir con ella.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Verificación de datos: La Tesorería General de la Seguridad Social tiene la autoridad para comprobar la exactitud de las operaciones y datos utilizados para la liquidación de cuotas.
  • Control por entidades gestoras: Las entidades que colaboran con la Seguridad Social también tienen funciones de control sobre las liquidaciones.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Mantener registros precisos: Asegúrate de que todos los datos que envías a la Tesorería sean correctos y estén actualizados.
  • Responder a requerimientos: Si la Tesorería o las entidades gestoras solicitan información adicional, es fundamental que respondas a tiempo.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • De forma continua: Este es un proceso que debe llevarse a cabo constantemente, ya que las liquidaciones se realizan periódicamente.
  • Fechas específicas: Presta atención a las fechas límite que puedan establecerse para la presentación de documentación o para responder a requerimientos específicos.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Multas y recargos: Si no cumples con las obligaciones de liquidación, podrías enfrentarte a sanciones económicas.
  • Ejecutivo forzoso: Las deudas pueden ser ejecutadas de forma forzosa, lo que significa que la Seguridad Social puede tomar medidas para recuperar el dinero adeudado.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Regímenes especiales: La normativa no se aplica a los Regímenes Especiales de Funcionarios Civiles del Estado, Fuerzas Armadas y Funcionarios de la Administración de Justicia.
  • Compensaciones indebidas: Si has recibido alguna compensación indebida, deberás comunicarlo, ya que esto puede afectar tu situación.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un pequeño empresario y has estado enviando datos erróneos sobre las horas trabajadas por tus empleados a la Seguridad Social. Si la Tesorería detecta esas inconsistencias, te puede pedir que justifiques esos datos. Si no lo haces a tiempo, podrías enfrentar multas o, en el peor de los casos, embargos.

Información crucial 🔍

Importante: Mantén siempre tus registros actualizados y responde a cualquier requerimiento de la Seguridad Social para evitar problemas futuros.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa y actualiza los datos de tus liquidaciones periódicamente.
  2. Asegúrate de tener toda la documentación necesaria a mano para responder a cualquier requerimiento.
  3. Mantente informado sobre las fechas límites y cambios en la normativa.

Si deseas profundizar más en este tema y conocer todos los detalles, te invitamos a registrarte en Aprende RED para acceder a más información y recursos útiles.