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Artículo 53. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 53. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 53. Bases y tipos de cotización respecto a los trabajadores por cuenta propia.

1. Lo dispuesto en los artículos 44 a 46 de este reglamento en cuanto a la elección de bases de cotización en función de los rendimientos netos de la actividad económica o profesional de los trabajadores autónomos y a sus posibles cambios posteriores, así como a su posterior regularización anual, resultará de aplicación a los trabajadores por cuenta propia incluidos en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Respecto a los trabajadores por cuenta propia incluidos en los grupos segundo y tercero de cotización de este régimen especial, sus bases de cotización se determinarán anualmente por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con el alcance y en los términos previstos en el artículo 9.1 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre.

2. La fijación de los tipos de cotización respecto a los trabajadores por cuenta propia se regirá por lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de este reglamento.»

Téngase en cuenta que esta última actualización , establecida por el art. 5.4 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482, entra en vigor el 1 de enero de 2023, según determina su disposición final 5.

Redacción anterior:

"Artículo 53. Tipos de cotización.

La fijación de los tipos de cotización a este Régimen Especial así como su distribución, en su caso, para determinar las aportaciones de empresarios y trabajadores, se regirá por lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de este Reglamento."

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. 5.4 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el artículo 53 de cotización para trabajadores por cuenta propia 📄

El artículo 53 del Reglamento General de Cotización y Liquidación de la Seguridad Social se centra en las bases y tipos de cotización que deben cumplir los trabajadores autónomos. Aquí te explico de manera sencilla cómo te afecta y qué pasos debes seguir.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Bases de Cotización: Las bases de cotización se determinan en función de los rendimientos netos de tu actividad económica. Esto significa que si tus ingresos cambian, también lo hará tu base de cotización.
  • Tipos de Cotización: Existen diferentes tipos de cotización que deberás tener en cuenta, dependiendo de tu situación y actividad económica.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Determinar tus Rendimientos: Debes calcular tus rendimientos netos de tu actividad económica para saber cuál es tu base de cotización correspondiente.
  • Elegir tu Base de Cotización: Si eres un trabajador autónomo, tendrás que elegir tu base de cotización dentro de los límites establecidos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Fecha Límite: La normativa entra en vigor el 1 de enero de 2023. Por lo tanto, debes asegurarte de cumplir con tus obligaciones de cotización a partir de esa fecha.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Recargos e Intereses: Si no cumples con tus obligaciones de cotización, podrías enfrentarte a recargos e intereses sobre las cuotas no pagadas.
  • Procedimiento de Apremio: También podrías ser sometido a un procedimiento de apremio para la recaudación forzosa de las deudas con la Seguridad Social.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Familiares del Autónomo: Los familiares del trabajador autónomo no podrán elegir una base de cotización inferior a 1.000€ durante el año 2023.
  • Pensionistas: Los trabajadores mayores de 65 años que cumplan con ciertos requisitos cotizarán solo por contingencias comunes y una cotización especial de solidaridad del 9%.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un autónomo que ha estado ganando 800€ al mes. Según la normativa, tu base de cotización mínima sería de 849,67€. Si decides mantener una base superior a la que te corresponde, puedes hacerlo, pero deberás estar atento a los cambios en tus ingresos para ajustar tu cotización en el futuro.

Información crucial 🔍

Importante: Recuerda que el 1 de enero de 2023 es la fecha en la que debes comenzar a aplicar estas nuevas bases y tipos de cotización. No dejes pasar el tiempo para evitar sanciones.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Calcula tus rendimientos netos: Haz un análisis de tus ingresos y gastos para determinar tu rendimiento neto.
  2. Elige tu base de cotización: Decide si quieres mantener una base superior a la que te corresponde.
  3. Cumple con tus obligaciones: Asegúrate de realizar tus pagos de cotización a tiempo para evitar recargos.

Para obtener más información detallada sobre cómo cumplir con estas obligaciones, te invitamos a registrarte en Aprende RED. Allí encontrarás recursos y apoyo para ayudarte en tu camino como trabajador autónomo.