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Artículo 77. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 77. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 77. Determinación de las aportaciones.

1. La aportación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social al sostenimiento de los Servicios comunes de la Seguridad Social se determinará aplicando al importe de las cuotas recaudadas mensualmente para cada una de aquéllas el porcentaje a que se refiere el artículo anterior.

Las liquidaciones serán efectuadas por la Tesorería General de la Seguridad Social, realizándose su pago en los términos previstos en el artículo 87 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social.

2. Las aportaciones de las empresas a que se refiere el artículo 75.2 estarán constituidas por la cantidad resultante de aplicar el coeficiente fijado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social sobre la parte de la cuota de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales correspondiente a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

La liquidación de estas aportaciones se realizará junto con la liquidación de cuotas a que se refieren los artículos 15 y siguientes de este reglamento, bien por las propias empresas autorizadas a colaborar, bien por la Tesorería General de la Seguridad Social, según el sistema de liquidación aplicable, y su ingreso se efectuará junto con el de las cuotas que estas empresas deban abonar mensualmente, conforme a lo establecido por el artículo 68 del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social.

Se modifica el apartado 2 por el art. 2.15 del Real Decreto 708/2015, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2015-8339.

Se sustituyen las referencias hechas a los servicios comunes y sociales de la Seguridad Social por la disposición final única del Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2005-15366

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 77 de la Seguridad Social 📄

El Artículo 77 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social es fundamental para entender cómo funcionan las aportaciones al sistema de la Seguridad Social en España. Vamos a desglosar lo que implica esta normativa para ti y qué pasos debes seguir.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Determinación de Aportaciones: Este artículo establece cómo se calculan las aportaciones que debes realizar al sistema de Seguridad Social. Esto incluye diferentes tipos de cuotas que van más allá de solo accidentes laborales.
  • Responsabilidad de las Empresas: Si eres propietario de un negocio, eres responsable de calcular y pagar estas aportaciones mensualmente.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Calcular las Cuotas: Debes calcular las cuotas que corresponden según el tipo de actividad y los empleados que tengas.
  • Presentar la Liquidación: Existen dos maneras de liquidar las aportaciones:
  • Autoliquidación: Tú mismo calculas y presentas las cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Liquidación Directa: La Tesorería calcula la liquidación, pero necesitas proporcionar la información necesaria.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Mensualmente: Las aportaciones deben ser presentadas y pagadas mensualmente, junto con las cuotas de Seguridad Social.
  • Fechas Límite: Es crucial cumplir con las fechas establecidas para evitar recargos. Generalmente, el plazo es hasta el último día del mes siguiente al que corresponde la liquidación.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Recargos e Intereses: Si no pagas a tiempo, puedes enfrentar recargos sobre la cantidad que debes.
  • Sanciones Administrativas: También podrías ser objeto de sanciones por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Pequeñas Empresas: Algunas pequeñas empresas pueden tener reducciones en las cuotas, dependiendo de su tamaño y actividad.
  • Situaciones Especiales: Existen casos específicos, como empresas en crisis, que pueden tener condiciones diferentes para la liquidación de sus aportaciones.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que tienes una pequeña empresa de construcción con 5 empleados. Cada mes, debes calcular las aportaciones que corresponden por accidentes laborales y otras contingencias. Si no lo haces a tiempo, podrías enfrentar recargos que afecten tus finanzas. Por lo tanto, es esencial que tengas un sistema para calcular y presentar estas cuotas mensualmente.

Información crucial 🔍

Importante: Recuerda que la fecha límite para presentar tus aportaciones es el último día del mes siguiente al que corresponden. No olvides revisar si tu empresa califica para alguna excepción que pueda reducir tu carga fiscal.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tus obligaciones: Asegúrate de entender qué cuotas debes pagar y cómo calcularlas correctamente.
  2. Establece un sistema de gestión: Implementa un sistema que te ayude a llevar un control de las aportaciones y las fechas límite.
  3. Consulta con un experto: Si tienes dudas sobre cómo proceder, considera consultar a un asesor fiscal o laboral.

Si deseas profundizar más en este tema y entender cada aspecto de la normativa, te invitamos a registrarte en Aprende RED. Ahí encontrarás más recursos útiles y asesoramiento para cumplir con tus obligaciones de manera efectiva.