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Artículo 78. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 78. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 78. Criterios para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones.

1. La determinación del valor actual del capital coste de las pensiones, así como del importe de los intereses de capitalización, del recargo por falta de aseguramiento y, en su caso, del recargo por ingreso fuera de plazo y del interés de demora que procedan y que deban ingresar las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social o las empresas declaradas responsables de prestaciones a su cargo, será efectuada por la Tesorería General de la Seguridad Social.

2. Para la determinación de los capitales coste de pensiones y otras prestaciones económicas de carácter periódico, derivadas tanto de contingencias comunes como profesionales, de las que sean declaradas responsables las empresas y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social por resolución administrativa o judicial, por los conceptos que integran dicha responsabilidad conforme al artículo 69 del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, se aplicarán en el cálculo actuarial los siguientes criterios técnicos:

a) Las tablas de mortalidad y supervivencia utilizadas deberán ser representativas del riesgo al que está sometido el colectivo al que van a aplicarse y estar ajustadas mediante técnicas estadísticas, actuariales o ambas. Dichas tablas, que se actualizarán o reelaborarán antes del transcurso de 20 años contados desde la fecha a que están referidos los datos de población utilizados en su elaboración, serán aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el cual podrá añadir los criterios técnicos adicionales que considere necesarios para una más precisa valoración financiero-actuarial, así como actualizar periódicamente tales criterios.

b) El tipo de interés técnico o de actualización aplicable se seleccionará con criterios de prudencia y de acuerdo con previsiones de evolución de la economía a largo plazo, de forma que permita obtener unos valores estimados con desviaciones mínimas sobre los valores reales observados. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales fijará la tasa nominal de interés técnico aplicable.

c) La tasa de revalorización de prestaciones aplicada deberá guardar la necesaria coherencia con el tipo de interés técnico a que se refiere el párrafo anterior, de forma que la tasa real resultante se ajuste convenientemente a las condiciones del entorno económico. Dicha tasa de revalorización se fijará anualmente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

3. Las tablas y tasas de interés y, en su caso, de revalorización, a que se refiere el apartado anterior, serán asimismo aplicables por la Tesorería General de la Seguridad Social en las liquidaciones de capitales coste de pensiones y otras prestaciones económicas de carácter periódico distintas de las del sistema de Seguridad Social, en los supuestos en que así se haya establecido o no se atribuya expresamente su determinación a otro organismo de aquella.

4. El importe de las cantidades a tanto alzado o prestación de cuantía fija o periódica no vitalicias, de las que hayan sido declaradas responsables las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social o las empresas, será determinado por la resolución o acuerdo en que se reconozca el derecho a ellas. Cuando estas prestaciones no deban pagarse directamente a los beneficiarios, sino a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, esta únicamente efectuará las operaciones aritméticas de liquidación necesarias para la recaudación del importe total de aquellas, conforme a lo dispuesto en los artículos 69 y siguientes del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, sin perjuicio de las funciones de comprobación y control que, sobre las prestaciones debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, le están atribuidas.

Se modifica por el art. 2.9 del Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2005-15366

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 78 de la Seguridad Social 📄

El Artículo 78 del Reglamento General de Cotización y Liquidación de la Seguridad Social establece los criterios y procedimientos para la liquidación de capitales coste relacionados con pensiones y otras prestaciones económicas. Esto es fundamental para garantizar que las empresas y mutuas responsables cumplan con sus obligaciones financieras. Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber sobre este artículo.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Responsabilidad financiera: Si trabajas en una empresa o eres parte de una mutua de accidentes, esta normativa implica que debes estar al tanto de las obligaciones financieras que tu organización tiene con respecto a las prestaciones de pensiones y otras ayudas.
  • Cálculos precisos: La normativa establece criterios técnicos que garantizan que los cálculos actuariales de los capitales coste sean justos y precisos.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Cumplir con las obligaciones: Las empresas y mutuas deben asegurarse de que están calculando y liquidando los capitales coste de manera correcta y dentro de los plazos establecidos.
  • Revisar las liquidaciones: Es recomendable que revises las liquidaciones de capitales coste para asegurarte de que son correctas y están en línea con lo establecido en el artículo.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazos establecidos: Las empresas y mutuas deben realizar los ingresos correspondientes dentro de los plazos fijados por la Tesorería General de la Seguridad Social. No hay una fecha única, ya que depende de cada caso, pero es crucial estar al tanto de los plazos específicos.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Recargos y penalizaciones: Si las empresas o mutuas no cumplen con sus obligaciones, pueden enfrentar recargos por falta de aseguramiento, recargos por ingreso fuera de plazo y también intereses de demora. Esto puede resultar en un costo significativo para la organización.
  • Reclamaciones: Además, los beneficiarios de las prestaciones pueden presentar reclamaciones si no reciben lo que les corresponde a tiempo.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Revisión y apelación: Aunque los actos de determinación de los capitales coste tienen presunción de legalidad, pueden ser impugnados tanto en vía administrativa como jurisdiccional. Esto significa que si sientes que algo no es justo, puedes buscar una revisión.
  • Casos específicos: Existen situaciones en las que las empresas pueden no ser responsables de ciertos pagos, dependiendo de la resolución administrativa o judicial que se haya emitido.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa que ha tenido un accidente laboral. La empresa es responsable de cubrir las prestaciones económicas que correspondan a los trabajadores afectados. Según el Artículo 78, la empresa debe calcular el capital coste de las pensiones que se deben pagar a estos trabajadores, utilizando las tablas y tasas de interés establecidas. Si la empresa no realiza este cálculo correctamente y no paga a tiempo, podría enfrentar recargos y los trabajadores podrían reclamar sus derechos.

Información crucial 🔍

Importante: Las tablas y tasas de interés se actualizan cada 20 años y deben ser aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Asegúrate de que tu empresa esté al tanto de estas actualizaciones.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Verifica las obligaciones: Asegúrate de que tu empresa o mutua esté cumpliendo con las obligaciones de cálculo y liquidación de capitales coste.
  2. Revisa los plazos: Mantente al tanto de los plazos establecidos por la Tesorería General de la Seguridad Social para evitar recargos.
  3. Consulta a un experto: Si tienes dudas sobre cómo se calculan los capitales coste, es recomendable buscar asesoría para asegurarte de que todo se esté haciendo correctamente.

Conclusión

El Artículo 78 es crucial para garantizar que las empresas y mutuas cumplan con sus responsabilidades en relación con las pensiones y otras prestaciones. Conocer tus obligaciones y derechos te ayudará a manejar mejor esta normativa. Si deseas profundizar más sobre este tema y cómo te afecta, te invitamos a registrarte en Aprende RED para obtener más información.