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Artículo 86. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Artículo 86. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Artículo 86. Convenios sobre premios de gestión y otras contraprestaciones.

Los premios de cobranza o gestión que se deriven de la recaudación de cuotas para organismos y entidades ajenos a la organización institucional de la Seguridad Social, serán liquidados por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 99 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 86 de la Seguridad Social 📄

El Artículo 86 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social trata sobre los premios de gestión y otras contraprestaciones que se derivan de la recaudación de cuotas para organismos y entidades ajenas a la organización institucional de la Seguridad Social. Vamos a desglosar esto para que te quede claro.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Premios de Cobranza o Gestión: Si trabajas en una entidad que recauda cuotas para organismos ajenos a la Seguridad Social, debes conocer que los premios que generes por esta actividad serán liquidados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Responsabilidad de Liquidación: La responsabilidad de asegurarte de que estos premios se liquiden correctamente recae en ti y en tu organización.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Asegurar la Liquidación: Debes asegurarte de que todos los premios de cobranza o gestión se liquiden en el plazo establecido.
  • Conocer el Procedimiento: Familiarízate con el apartado 1 del artículo 99 del Reglamento General de Recaudación para seguir el procedimiento correcto.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazos Establecidos: Aunque el artículo no menciona una fecha exacta, es crucial que sigas los plazos que tu organización y la Tesorería General de la Seguridad Social establezcan para la liquidación de estos premios.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Problemas Legales: Si no cumples con la liquidación de estos premios, podrías enfrentarte a problemas legales y administrativos.
  • Sanciones y Recargos: El incumplimiento puede llevar a sanciones y recargos por no cumplir con las obligaciones de recaudación.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Entidades Exentas: Algunas entidades o situaciones pueden estar exentas de esta normativa, pero es importante que consultes con un asesor legal o en la Tesorería General para verificar si tu caso aplica.

Ejemplo de la Vida Real 🏠

Imagina que trabajas en una ONG que recauda cuotas para un programa de salud. Si tu ONG recibe un premio por la recaudación, la Tesorería General de la Seguridad Social se encargará de liquidar ese premio. Tu responsabilidad es asegurarte de que toda la documentación esté en orden y que se cumplan los plazos para evitar problemas.

Información Crucial 🔍

Importante: Asegúrate de conocer los procedimientos y plazos establecidos por la Tesorería General para evitar sanciones.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Infórmate sobre el Artículo 99: Lee el apartado 1 del artículo 99 del Reglamento General de Recaudación.
  2. Revisa los Plazos: Consulta los plazos de liquidación establecidos por tu organización y la Tesorería.
  3. Consulta a un Experto: Si tienes dudas, no dudes en consultar con un asesor legal o administrativo para asegurarte de que estás cumpliendo con todas las normativas.

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