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Disposición adicional sexta. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

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Disposición adicional sexta. Reglamento General de Cotización y Liquidación Seguridad Social

Normativa

Disposición adicional sexta. Aplicación de medios técnicos: validez y eficacia de los documentos producidos a través de los mismos.

1. La utilización de soportes, medios y aplicaciones electrónicos, informáticos y telemáticos en las actuaciones relativas a la cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social queda condicionada a la aprobación de la pertinente Orden de conformidad con el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado.

2. Los datos y demás información acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social podrán ser objeto de impresión autorizada a través de medios electrónicos, informáticos o telemáticos mediante la inclusión, en el documento emitido, de la huella electrónica y clave de identificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos o que establezca el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La información así impresa servirá para certificar el referido cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social a efectos de la celebración de contratos administrativos, conforme exige el artículo 9 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, así como para solicitar la concesión de subvenciones, ayudas o subsidios públicos, al amparo del Reglamento aprobado por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, o para cualquier otra materia, gozando de la misma validez y eficacia que las certificaciones expedidas para tales fines por los órganos competentes de dicho Servicio común de la Seguridad Social.

Se añade por el art. único.5 del Real Decreto 1890/1999, de 10 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-24579

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la disposición adicional sexta 📄

La disposición adicional sexta trata sobre la aplicación de medios técnicos en la cotización y liquidación de la Seguridad Social, así como la validez y eficacia de los documentos producidos a través de estos. Vamos a desglosar todo esto para que lo entiendas de manera sencilla.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Uso de medios electrónicos: A partir de ahora, muchas de las gestiones que realices con la Seguridad Social, como la cotización y liquidación, se podrán hacer a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
  • Validez de documentos electrónicos: Los documentos que generes mediante estos medios tendrán la misma validez que los documentos en papel, siempre que cumplan con ciertos requisitos.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos: Los documentos que generes deben garantizar su autenticidad, veracidad, fidelidad, integridad y confidencialidad.
  • Utiliza firmas electrónicas: Es importante que utilices firmas electrónicas u otros métodos de identificación para validar tus documentos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde ya: Si realizas gestiones con la Seguridad Social, debes empezar a usar estos medios electrónicos inmediatamente, ya que la normativa ya está en vigor.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Nulidad de actos: Si tus documentos no cumplen con los requisitos, podrían ser considerados nulos, lo que significa que no tendrían validez.
  • Sanciones y multas: El incumplimiento de estas normas puede llevar a sanciones y multas por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Excepciones en el uso de medios electrónicos: En ciertos casos, como en situaciones de fuerza mayor o problemas técnicos, puede haber excepciones al uso de medios electrónicos. Sin embargo, es importante que estés al tanto de estas situaciones y documentes cualquier problema que surja.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un empresario y necesitas presentar la cotización de tus empleados. Anteriormente, tenías que hacerlo en papel, pero ahora puedes hacerlo en línea. Solo necesitas asegurarte de que el documento que generes tenga la firma electrónica y cumpla con todos los requisitos establecidos. Si no lo haces, ese documento podría ser declarado nulo y podrías enfrentarte a una multa.

Información crucial 🔍

Importante: Asegúrate de que todos tus documentos electrónicos cumplan con los requisitos de autenticidad y veracidad para evitar problemas legales.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tus procesos: Asegúrate de que todos tus documentos que se generen electrónicamente cumplan con los requisitos establecidos.
  2. Implementa firmas electrónicas: Si aún no lo has hecho, comienza a usar firmas electrónicas para validar tus documentos.
  3. Mantente informado: Infórmate sobre cualquier actualización en la normativa y asegúrate de cumplir con todas las obligaciones.