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Artículo 1. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

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Artículo 1. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

Normativa

Artículo 1. Concepto y objeto de la gestión recaudatoria.

1. La gestión recaudatoria en el ámbito de la Seguridad Social consiste en el ejercicio de la actividad administrativa conducente a la realización de los créditos y derechos de la Seguridad Social cuyo objeto esté constituido por los siguientes recursos:

a) Cuotas de la Seguridad Social.

b) Aportaciones que, por cualquier concepto, deban efectuarse a favor de la Seguridad Social en virtud de norma o concierto que tenga por objeto la dispensación de atenciones o servicios que constituyan prestaciones de la Seguridad Social.

c) Aportaciones para el sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social y de contribución a los demás gastos generales y a la satisfacción de las exigencias de la solidaridad nacional, a efectuar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y por las empresas que colaboren en la gestión de la Seguridad Social.

d) Capitales coste de pensiones o de renta cierta temporal y otras prestaciones que deban ingresar las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y las empresas declaradas responsables de su pago por resolución administrativa.

e) Aportaciones por reaseguro obligatorio y facultativo que efectuarán las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

f) El importe de las sanciones por infracciones en materia de Seguridad Social.

g) El importe de los recargos sobre prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, declarados procedentes por resolución administrativa.

h) Reintegros de los préstamos que tengan el carácter de inversión social.

i) Premios de cobranza o de gestión que se deriven de la recaudación de cuotas u otros conceptos para organismos y entidades ajenos al sistema de la Seguridad Social.

j) El importe de las contraprestaciones e indemnizaciones que procedan en los contratos administrativos celebrados por las entidades gestoras y la Tesorería General de la Seguridad Social.

k) Aportaciones por ayudas equivalentes a jubilaciones anticipadas o por ayudas previas a las jubilaciones ordinarias.

l) Aportaciones por integración de entidades de previsión social sustitutorias.

m) Reintegros de prestaciones indebidamente percibidas.

n) Reintegro de prestaciones indebidamente compensadas y de deducciones indebidamente aplicadas.

ñ) Costas procesales impuestas a quienes hayan litigado contra las entidades gestoras y la Tesorería General de la Seguridad Social.

o) Cualesquiera otros ingresos de la Seguridad Social distintos de los especificados en los apartados anteriores, que tengan el carácter de ingresos de derecho público y cuyo objeto no sean frutos, rentas o cualquier otro producto de sus bienes muebles o inmuebles, a los que se aplican las reglas del derecho privado.

p) El importe de los recargos e intereses que procedan sobre los conceptos enumerados anteriormente.

2. Asimismo, la gestión recaudatoria de la Tesorería General de la Seguridad Social tendrá como objeto la cobranza de las cuotas de desempleo, fondo de garantía salarial, formación profesional y cuantos otros conceptos se recauden, o se determine en el futuro que se recauden, por aquélla para entidades y organismos ajenos al sistema de la Seguridad Social, incluyendo, en su caso, los recargos e intereses que procedan sobre tales conceptos.

Se modifica el apartado 1.n) por el art. 3.1 del Real Decreto 708/2015, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2015-8339.

Se sustituyen las referencias hechas a los servicios comunes y sociales de la Seguridad Social por la disposición adicional única del Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2005-15366

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la gestión recaudatoria de la Seguridad Social 📄

La gestión recaudatoria es un tema fundamental si eres trabajador o empresario en España. Aquí te explicamos de manera sencilla qué implica, qué debes hacer y cuáles son las consecuencias de no cumplir con esta normativa.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La gestión recaudatoria tiene varias implicaciones importantes:

  • Cumplimiento de pagos: Como usuario, ya sea un trabajador o una empresa, tienes la responsabilidad de pagar las cuotas y otros recursos establecidos por la Seguridad Social. Esto incluye:

  • Cuotas de la Seguridad Social

  • Cuotas de desempleo

  • Fondo de garantía salarial

  • Formación profesional

  • Otros conceptos que puedan establecerse en el futuro

  • Recargos e intereses: Si no cumples con estos pagos, se te pueden aplicar recargos e intereses sobre las deudas.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Para cumplir con la gestión recaudatoria, debes:

  • Realizar los pagos a tiempo: Asegúrate de que las cuotas y aportaciones se paguen en las fechas establecidas.
  • Mantenerte informado: Revisa periódicamente las normativas y cualquier cambio que pueda afectar tus obligaciones.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Fechas de pago: Las cuotas deben pagarse en los plazos que establece la Tesorería General de la Seguridad Social. Es importante que consultes el calendario de pagos para no incurrir en retrasos.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

Si no cumples con la gestión recaudatoria, puedes enfrentar varias consecuencias:

  • Recargos e intereses: Se aplicarán sobre las cuotas no pagadas.
  • Procedimientos de apremio: La Tesorería General puede iniciar acciones para cobrar las deudas, lo que puede incluir embargos o retenciones de cuentas.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Aunque no hay excepciones generales, existen algunas flexibilidades:

  • Aplazamientos y compensaciones: En ciertos casos, se pueden solicitar aplazamientos en los pagos o compensaciones por ingresos indebidos.
  • Devoluciones: Si has pagado de más, puedes solicitar la devolución de esos ingresos.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un autónomo y tienes que pagar la cuota mensual de la Seguridad Social. Si olvidas hacer el pago a tiempo, no solo tendrás que pagar la cuota, sino que también se te aplicarán recargos. Por eso, es crucial que lleves un control de tus obligaciones y te asegures de cumplir con ellas en las fechas establecidas.

Información crucial 🔍

Importante: Si no cumples con la gestión recaudatoria, podrías enfrentar recargos, intereses y procedimientos de cobro forzoso. Mantente al día con tus pagos para evitar problemas.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Consulta el calendario de pagos de la Seguridad Social para conocer las fechas límite.
  2. Realiza tus pagos puntualmente para evitar recargos.
  3. Infórmate sobre tus derechos y las opciones de aplazamiento o devolución si es necesario.

Recuerda que la gestión recaudatoria es responsabilidad de la Tesorería General de la Seguridad Social, que actúa bajo la dirección del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Si tienes dudas o necesitas más información sobre tus obligaciones, te invitamos a registrarte en Aprende RED para acceder a recursos y guías que te ayudarán a cumplir con la normativa.