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Artículo 128. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

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Artículo 128. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

Normativa

Artículo 128. Documentación, liquidación y justificantes de pago de las costas del procedimiento.

1. Los documentos justificativos de los gastos originados por las costas causadas en el procedimiento de apremio habrán de ser unidos al expediente de apremio.

Ninguna partida de costas podrá ser exigida al deudor si en el expediente no obran los recibos o justificantes que las acrediten.

2. Cuando el servicio o la gestión que ocasionen las costas se produzcan en virtud de un contrato administrativo, se atenderá a los precios o tarifas señalados en éste, en los pliegos de cláusulas administrativas, generales o particulares o, en su caso, en el de las prescripciones técnicas, salvo que el contratista haya adquirido la obligación de fijar con respecto a cada deudor el importe de la contraprestación.

3. Las costas que afecten a varios deudores y que no sean susceptibles de individualización se distribuirán entre todos de forma proporcional a sus respectivas deudas.

4. Comprobado el pago de las costas, se entregará al deudor un justificante que exprese los conceptos por los que se han satisfecho.

Procederá la devolución de costas satisfechas en los casos de anulación de la liquidación o del procedimiento de apremio en que se causaran.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 128 📄

El Artículo 128 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social establece las normas sobre la documentación, liquidación y justificantes de pago de las costas que surgen durante el procedimiento de apremio. Es importante entender cómo te afecta esto, qué acciones debes tomar y las consecuencias de no cumplir con estas normativas. Vamos a desglosarlo de manera sencilla y clara.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Responsabilidad de pago: Si eres deudor, debes saber que todas las costas generadas durante el procedimiento de apremio son tu responsabilidad, incluso si han sido adelantadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • Documentación necesaria: No se te podrá exigir el pago de costas a menos que se presenten los justificantes correspondientes en el expediente de apremio.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Reunir documentos: Asegúrate de que todos los recibos y justificantes de gastos relacionados con las costas estén debidamente unidos al expediente de apremio.
  • Conocer tus derechos: Si se anula la liquidación o el procedimiento de apremio, tienes derecho a la devolución de las costas pagadas.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazo continuo: La obligación de presentar la documentación es continua y debe hacerse a medida que surgen los gastos. No hay un plazo específico, pero es esencial actuar rápidamente para evitar problemas.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Imposibilidad de exigir el pago: Si no se presentan los justificantes, no podrás ser obligado a pagar las costas, pero esto también puede complicar tu situación si no se cumplen otros requisitos.
  • Consecuencias legales: Ignorar estas normativas puede llevar a complicaciones legales adicionales, incluyendo la posibilidad de que se te impongan más costas o sanciones.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Costas no individualizables: Si las costas afectan a varios deudores y no pueden ser individualizadas, se distribuirán de forma proporcional a las respectivas deudas. Esto significa que no siempre serás responsable de la totalidad de las costas.
  • Contratos administrativos: En caso de que las costas surjan de un contrato administrativo, se aplicarán las tarifas y precios establecidos en dicho contrato.

Tipos de costas incluidas ✅

Las costas pueden incluir diversos gastos, tales como:

  • Gastos de investigación y averiguación para esclarecer el patrimonio del deudor.
  • Honorarios de peritos y otros profesionales que intervienen en el procedimiento.
  • Tasas y derechos por la obtención de documentos.
  • Gastos relacionados con la administración y depósito de bienes embargados.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que estás en un procedimiento de apremio por una deuda. Durante este proceso, se generan costas, como los honorarios de un perito que evalúa tus bienes. Si no presentas el recibo de ese perito al expediente, no podrán exigirte el pago de esa costa. Sin embargo, si no presentas los justificantes, podrías complicar tu situación al no poder demostrar que no debes pagar.

Información crucial 🔍

Importante: Debes presentar todos los justificantes de pago relacionados con las costas en el expediente de apremio para evitar problemas. Si no lo haces, podrías enfrentar complicaciones legales.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Reúne todos los documentos justificativos de las costas generadas.
  2. Asegúrate de que estén correctamente unidos al expediente de apremio.
  3. Conoce tus derechos sobre la devolución de costas en caso de anulación del procedimiento.
  4. Mantente informado sobre cualquier cambio en la normativa que pueda afectarte.

Recuerda que estar al tanto de tus obligaciones y derechos te ayudará a manejar mejor cualquier situación relacionada con el procedimiento de apremio. Si deseas más información sobre este tema, ¡regístrate en Aprende RED para profundizar en los detalles!