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Artículo 19. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

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Artículo 19. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

Normativa

Artículo 19. Integridad y efectos del pago.

1. Para que el pago produzca los efectos extintivos que le son propios ha de ser por la totalidad de la deuda.

La integridad del pago no obsta a la posibilidad de las compensaciones y deducciones procedentes, en los términos establecidos en este reglamento, ni al ingreso separado de las aportaciones de los trabajadores retenidas por el empresario en los términos que establezca el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, pero no se entenderá extinguida la deuda hasta que el pago alcance la totalidad de esta.

2. Salvo lo previsto en este reglamento a efectos del aplazamiento y fraccionamiento del pago y de la compensación, las cuotas correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales no podrán ingresarse separadas de las cuotas por contingencias comunes y de los conceptos de recaudación conjunta.

3. En vía ejecutiva, la integridad del pago no será obstáculo para que se apliquen al pago de la deuda las cantidades parciales entregadas por el deudor y aquellas que se obtuvieran por el embargo y la realización sucesiva del valor de los bienes embargados del ejecutado, en los términos previstos en este reglamento.

4. El pago realizado extingue la deuda correspondiente y libera a los responsables, siempre que se realice con los requisitos exigidos en este reglamento.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 19: Integridad y efectos del pago 📄

El Artículo 19 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social en España establece normas claras sobre cómo debe realizarse el pago de deudas relacionadas con la Seguridad Social. Vamos a desglosar esta normativa para que puedas entender cómo te afecta y qué acciones deberías considerar.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Pago Total: Para que un pago tenga efectos extintivos, debes pagar la totalidad de la deuda. Esto significa que no puedes considerar la deuda saldada hasta que hayas pagado el monto completo.
  • Compensaciones y Deducciones: Aunque el pago debe ser total, puedes realizar compensaciones y deducciones según lo que establezca el reglamento. Sin embargo, la deuda no se extinguirá hasta que se pague el total.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Realizar el Pago Completo: Asegúrate de que cualquier pago que realices cubra la totalidad de la deuda pendiente.
  • Revisar Compensaciones: Si planeas hacer compensaciones o deducciones, verifica que estén permitidas y ajustadas a lo que dice el reglamento.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazo de Pago: Debes realizar el pago total dentro de los plazos establecidos por la Tesorería General de la Seguridad Social. Generalmente, esto se notifica en las cartas de deuda o en la comunicación oficial que recibas.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Consecuencias Legales: Si no pagas la totalidad de la deuda, esta no se considerará extinguida, lo que puede llevar a procedimientos de cobro adicionales, embargos de bienes o la acumulación de recargos e intereses.
  • Responsabilidad Continua: No se liberará tu obligación de pagar hasta que la deuda sea saldada completamente.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Compensaciones Permitidas: Existen ciertas situaciones en las que puedes hacer compensaciones y deducciones sin que esto afecte la integridad del pago, siempre que se ajusten a lo que establece el reglamento.
  • Vía Ejecutiva: En caso de que la deuda sea tratada en vía ejecutiva, las cantidades parciales que pagues pueden aplicarse a la deuda, aunque esto no extingue la obligación total hasta que se pague el total.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que tienes una deuda con la Seguridad Social de 1,000 euros. Si decides pagar solo 800 euros, la deuda no se considera saldada. Por lo tanto, seguirás siendo responsable de los 200 euros restantes, y podrías enfrentarte a recargos o incluso embargos si no pagas esa cantidad. Si, en cambio, decides pagar los 1,000 euros, tu deuda se extinguirá y ya no tendrás más obligaciones relacionadas con ese monto.

Información Crucial 🔍

Importante: No se considera que la deuda está extinguida hasta que se pague la totalidad. Asegúrate de cumplir con los requisitos del reglamento para evitar problemas futuros.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Revisar tu Deuda: Comprueba el monto total que debes a la Seguridad Social.
  2. Realizar el Pago Completo: Asegúrate de pagar la cantidad total para extinguir la deuda.
  3. Consultar sobre Compensaciones: Si planeas hacer alguna compensación, verifica que sea válida según la normativa.
  4. Estar Alerta a Fechas: Mantente informado sobre los plazos de pago establecidos por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Si quieres conocer más sobre cómo gestionar tus obligaciones con la Seguridad Social y estar al tanto de cualquier cambio normativo, te invitamos a registrarte en Aprende RED. ¡No te quedes sin la información que necesitas!