Lo que necesitas saber sobre el artículo 64 y los plazos de ingreso de las reclamaciones de deuda 📄
El artículo 64 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social establece los plazos que debes seguir para el ingreso de las reclamaciones de deuda. Esto incluye no solo las cuotas que debes pagar, sino también otros conceptos relacionados con la recaudación. A continuación, te explico cómo te afecta esta normativa y qué debes tener en cuenta.
¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐
- Obligación de pago: Si recibes una reclamación de deuda, debes pagarla en los plazos establecidos, independientemente de si la impugnas o no.
- Conocimiento de plazos: Es fundamental que conozcas cuándo debes realizar el pago para evitar problemas futuros.
¿Qué debes hacer al respecto? 📝
- Identificar la fecha de notificación: Revisa la fecha en que recibiste la reclamación.
- Calcular el plazo de pago: Dependiendo de cuándo fue notificada la deuda, debes calcular tu plazo de pago. Aquí te dejo un resumen:
| Fecha de notificación | Plazo de pago |
| Entre 1 y 15 del mes | Hasta el día 5 del mes siguiente o el siguiente hábil |
| Entre 16 y final del mes | Hasta el día 20 del mes siguiente o el siguiente hábil |
¿Cuándo debes hacerlo? ⏰
- Plazos específicos:
- Para reclamaciones notificadas entre el 1 y el 15 de cada mes, el pago debe hacerse hasta el día 5 del mes siguiente.
- Para reclamaciones notificadas entre el 16 y el último día del mes, el pago debe hacerse hasta el día 20 del mes siguiente.
¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️
- Procedimiento de apremio: Si no realizas el pago dentro de los plazos establecidos, se iniciará un procedimiento de apremio, que puede incluir la expedición de una providencia de apremio.
- Consecuencias financieras: Esto puede resultar en recargos adicionales y otros problemas financieros que podrían complicar aún más tu situación.
¿Qué excepciones existen? 🔄
- Suspensión del procedimiento: El procedimiento recaudatorio solo se suspenderá si:
- Consigues el importe de la deuda: Si depositas la cantidad que debes.
- Aval suficiente: Si garantizas la deuda con un aval suficiente.
Ejemplo de la vida real 🏠
Imagina que recibes una notificación el 10 de marzo sobre una deuda. Según la normativa, debes pagarla antes del 5 de abril. Si decides impugnarla, aún así, el plazo de pago sigue siendo el mismo. Si no pagas antes del 5 de abril, podrías enfrentar un procedimiento de apremio, que podría complicar tu situación financiera.
Información crucial 🔍
Importante: Recuerda que si decides recurrir la reclamación, debes garantizar la deuda con un aval o depositar el importe para que el procedimiento se suspenda. Si el recurso es desestimado y no pagas dentro de 15 días, se iniciará el procedimiento de apremio.
Acciones concretas que debes considerar 🎯
- Revisa la fecha de notificación de la reclamación.
- Calcula tu plazo de pago según la fecha de notificación.
- Realiza el pago utilizando uno de los medios autorizados (efectivo, transferencia, etc.).
- Si decides recurrir, asegúrate de garantizar la deuda para suspender el procedimiento.
- Mantente informado sobre tus obligaciones para evitar sorpresas desagradables.