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Artículo 85. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

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Artículo 85. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

Normativa

Artículo 85. Providencia de apremio: casos en que procede.

1. Se dictará providencia de apremio, sin previa reclamación de deuda o acta de liquidación, en los siguientes casos:

a) Falta de ingreso de la totalidad o de alguna de las aportaciones que integran la cuota, respecto de trabajadores dados de alta e incluidos en las liquidaciones transmitidas o en los documentos de cotización presentados dentro de plazo, de aplicarse el sistema de autoliquidación de cuotas, o en las liquidaciones practicadas por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de plazo, de aplicarse el sistema de liquidación directa de cuotas, cuando la deuda estuviese correctamente calculada.

b) Falta de ingreso de las cuotas relativas a trabajadores cuya cotización se determine mediante el sistema de liquidación simplificada, con arreglo a lo previsto en los artículos 19.1.c) y 26.4 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en los artículos 15 y siguientes del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.

2. En el resto de los casos, se dictará providencia de apremio cuando haya transcurrido, sin pago de la deuda, el plazo fijado en la reclamación de deuda o el acta de liquidación y éstas hayan adquirido firmeza en vía administrativa.

Se modifica el apartado 1 por el art. 3.15 del Real Decreto 708/2015, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2015-8339.

Se modifica el apartado 1.b) por el art. 4.2 del Real Decreto-Ley 29/2012, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15764

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la providencia de apremio en la Seguridad Social 📄

La normativa relacionada con la providencia de apremio es crucial para todos aquellos que tienen la responsabilidad de pagar las cuotas de la Seguridad Social. Esto incluye a empleadores y otros sujetos obligados. Vamos a desglosar esta normativa para que la comprendas mejor y sepas cómo te afecta directamente.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Obligación de pago: Si eres empleador o responsable de las cotizaciones, debes asegurarte de ingresar las cuotas dentro de los plazos establecidos.
  • Consecuencias del incumplimiento: No cumplir con esta obligación puede llevar a la imposición de recargos, intereses y sanciones administrativas.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Realizar los pagos a tiempo: Asegúrate de que las cuotas se ingresen en el plazo establecido para evitar problemas.
  • Revisar las liquidaciones: Verifica que las liquidaciones transmitidas o documentos de cotización estén correctos y completos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazos de pago: Debes realizar los pagos dentro de los plazos establecidos para evitar la providencia de apremio.
  • Atención a las reclamaciones: Si recibes una reclamación de deuda o acta de liquidación, es fundamental que actúes antes de que se cumpla el plazo fijado.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Providencia de apremio: Si no pagas la deuda en el plazo fijado, se dictará una providencia de apremio, lo que significa que la Tesorería General de la Seguridad Social puede iniciar un procedimiento administrativo para recuperar la deuda.
  • Embargo de bienes: Esto puede incluir el embargo de bienes o cuentas bancarias para cubrir la deuda pendiente.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Falta de ingreso de cuotas: La providencia de apremio se dictará sin previa reclamación en caso de falta de ingreso de la totalidad o parte de las cuotas correspondientes a trabajadores dados de alta.
  • Sistema de liquidación simplificada: También se aplicará en caso de falta de ingreso de cuotas relativas a trabajadores cuya cotización se determina mediante este sistema.

Tabla comparativa de casos de providencia de apremio 📊

Situación Providencia de Apremio Descripción
Falta de ingreso de cuotas Se dicta sin previa reclamación si no se ingresan las cuotas.
Sistema de liquidación simplificada Se aplica en caso de falta de ingreso de cuotas simplificadas.
No pago tras reclamación Si no se paga en el plazo fijado tras la reclamación.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un pequeño empresario y tienes empleados a los que debes pagar la Seguridad Social. Si olvidas pagar la cuota en el plazo establecido, la Tesorería podría iniciar un procedimiento de apremio, lo que podría llevar a que embarguen tu cuenta bancaria para recuperar la deuda. Es esencial llevar un control riguroso de estas obligaciones.

Información crucial 🔍

Importante: Si no pagas la deuda en el plazo fijado, se procederá a la providencia de apremio. Esto puede resultar en recargos e intereses sobre la deuda y la ejecución forzosa de la misma.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Realiza los pagos de cuotas de la Seguridad Social a tiempo.
  2. Revisa las liquidaciones y documentos de cotización para asegurarte de que todo esté correcto.
  3. Mantente informado sobre las fechas de pago y cualquier reclamación que recibas.

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