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Artículo 92. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

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Artículo 92. Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social

Normativa

Artículo 92. Bienes inembargables y limitaciones al embargo.

1. No podrán ser objeto de embargo los bienes exceptuados por los artículos 605 y 606 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, o por otras disposiciones con rango de ley.

2. A efectos del embargo de salarios, sueldos, pensiones, retribuciones o sus equivalentes y de prestaciones económicas reconocidas al deudor por la Seguridad Social o por cualquier organismo o entidad pública, se estará a lo dispuesto en los artículos 27.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

3. No se embargarán los bienes de cuya realización se presuma, a juicio del recaudador ejecutivo, que su producto ha de resultar insuficiente para la cobertura del coste de dicha realización, lo que se hará constar en el expediente por medio de diligencia. No obstante, si una vez practicado el embargo quedase acreditada dicha circunstancia, el recaudador ejecutivo, previa autorización del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, podrá realizar el levantamiento del embargo practicado, del que dejará constancia en el expediente mediante la oportuna diligencia.

Se modifica el apartado 3 por el art. 3.3 del Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2005-15366

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el artículo 92 y los bienes inembargables 📄

El artículo 92 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social nos habla sobre qué bienes no pueden ser embargados y las limitaciones que existen al respecto. Vamos a desglosarlo de manera sencilla para que entiendas cómo te afecta esto en tu vida diaria.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Protección de bienes esenciales: La normativa protege ciertos bienes de ser embargados, garantizando que puedas mantener un nivel básico de vida.
  • Limitaciones en el embargo de ingresos: Si tienes deudas, tus salarios y pensiones están protegidos hasta cierto límite.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Conocer tus derechos: Infórmate sobre qué bienes son inembargables para que puedas defender tus derechos en caso de un embargo.
  • Revisar tus ingresos: Si eres deudor, verifica que tus ingresos no superen los límites establecidos para evitar embargos innecesarios.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Siempre que tengas deudas: Es importante estar al tanto de tus derechos y obligaciones en cualquier momento, especialmente si estás en una situación financiera complicada.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Embargo de bienes: Si no conoces tus derechos, podrías perder bienes que deberían estar protegidos.
  • Sanciones legales: La resistencia a la actuación de los órganos de recaudación puede llevarte a enfrentar sanciones adicionales.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Bienes muebles: Pueden ser embargados si no son esenciales para tu vida diaria o para tu trabajo.
  • Coste de realización: Si se determina que el embargo no es viable, el recaudador puede levantarlo previa autorización.

Tabla comparativa de bienes inembargables 📊

Tipo de Bien Inembargable Justificación
Animales de compañía Protección de mascotas
Bienes declarados inalienables Propiedades del Estado y derechos de uso
Salarios hasta el SMI Protección del ingreso mínimo
Bienes muebles esenciales Necesarios para la vida diaria
Bienes muebles no esenciales No Pueden ser embargados

Ejemplos de la vida real 🏠

  • Ejemplo 1: Si tienes un perro como mascota, este no puede ser embargado, aunque si vendes productos relacionados con él, esos ingresos pueden ser embargados si tienes deudas.
  • Ejemplo 2: Imagina que trabajas y recibes un salario de 1,200 euros. Si el salario mínimo interprofesional es de 1,000 euros, solo la parte que excede el SMI puede ser embargada.

Información crucial 🔍

Importante: Los ingresos hasta el salario mínimo interprofesional son inembargables. Asegúrate de conocer el SMI vigente para proteger tus ingresos.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre los bienes que no pueden ser embargados.
  2. Revisa tus ingresos y asegúrate de que no excedan el SMI si deseas protegerte de embargos.
  3. Consulta con un abogado o experto en derecho si tienes dudas sobre tu situación financiera y los embargos.

Recuerda que conocer tus derechos es fundamental para proteger tus bienes y tu bienestar. Si deseas más información y detalles sobre esta normativa, te invitamos a registrarte en Aprende RED para ampliar tus conocimientos.